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Solicitud de información en materia de aduanas

Datos Generales

Denominación

Solicitud de información en materia de aduanas

Tipo de procedimiento

Tributaria

Materia

Aduanas

Objeto

La Administración tributaria informará de los criterios administrativos existentes para la aplicación de la normativa tributaria en el ámbito aduanero. Estas actuaciones de información, además de realizarse de oficio (por ejemplo, a través del Programa INFORMA), también deberán llevarse a cabo, a iniciativa del obligado tributario, mediante la contestación a solicitudes de información tributaria. En la contestación a las solicitudes de información tributaria, la Administración comunicará los criterios administrativos existentes para la aplicación de la normativa tributaria, sin que dicha contestación pueda ser objeto de recurso.

Órgano responsable

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Información general del procedimiento

Forma de inicio

interesado

Solicitante: Ciudadano - Empresa

Lugar de presentación

Telemática

Oficinas de la AEAT

Documentación

Solicitud

Fases del procedimiento/servicio

Inicio: solicitud de información tributaria presentada por el obligado tributario.

Tramitación: se realizarán los requerimientos que procedan, en su caso, para subsanar defectos

Terminación:contestación por parte de la AEAT. La falta de contestación de las solicitudes de información en los plazos establecidos no implicará la aceptación de los criterios expresados en el escrito de solicitud

Formularios

Tramitación electrónica

Plazo de resolución

3 Mes/es

Órgano de resolución

Agencia Estatal de Administración Tributaria

Información vinculada a la tramitación electrónica

Sistema de identificación

DNI electrónico, Certificado electrónico, Clave PIN

Nivel de interactividad

Nivel 4: Tramitación electrónica

Normativa

Normativa Básica

  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre,

    General Tributaria. Artículos 34, 85 y 87. (BOE 18-diciembre-2003)

  • Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio,

    por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos. Articulo 62 y siguientes. (BOE 5-septiembre-2007)